NoticiasLos Riesgos Del Lavado De Activos En Época Electoral

15/11/20230

Durante las jornadas electorales en Colombia, son varios los retos que enfrentan las autoridades en la prevención de delitos que vulneran la participación democrática de los ciudadanos. Son conocidas las diferentes investigaciones en la prevención a la compra de votos, la trashumancia electoral, la participación en política de funcionarios públicos, entre otros hechos que atentan a la transparencia de las elecciones.

Para el año 2023, todos los ciudadanos estamos llamados a participar este 29 de octubre en la elección de las autoridades territoriales, como alcaldes, gobernadores, diputados, concejales y ediles. Para estas actividades electorales encontramos diversidad entidades encargadas de la organización del certamen democrático y el control a las distintas campañas políticas, como lo es la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral. Así mismo, también participan instituciones como la Fiscalía General de la Nación, la cual cumple una función investigativa ante posibles conductas delictivas relacionadas a los mecanismos de participación democrática; la Procuraduría General de la Nación, encargada de la vigilancia de los funcionarios públicos y el Ministerio del Interior la cual cuenta con la Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral (URIEL).

Todas estas entidades, de acuerdo con sus funciones, buscan ejercer un control sobre el financiamiento de las campañas electorales y tener el conocimiento del origen de los recursos que se usan para sus actividades políticas. El origen de los recursos se encuentra regulado por el artículo 20 de la Ley 1475 de 2011, en el cual se establecen las fuentes de financiación autorizadas para las campañas, como son: recursos propios de origen privado, créditos, donaciones y financiación estatal. De igual manera, el Consejo Nacional Electoral al iniciar el calendario electoral, por medio de la Resolución No. 0669 de 2023 y la Resolución No. 0670 de 2023, ha dispuesto el límite de gastos dependiendo del cargo al que se aspira cada uno de los candidatos y del censo electoral del territorio en el cual participan, dependiendo si aplica a jurisdicciones municipales o departamentales.

Todos estos recursos deben ser administrados por cada gerente de campaña, por medio de una cuenta única ante una entidad financiera legalmente autorizada, con el fin de contar con el respectivo seguimiento de cada uno de los recursos que ingresan a la campaña.

Sin embargo, si bien existen regulaciones que buscan controlar los dineros que ingresan a las campañas electorales, aún existen brechas que permiten el ingreso de recursos privados sin poder determinar con exactitud su procedencia. Estas situaciones se han presentado generalmente debido a que algunas campañas reportan montos más bajos de los reales, o bien, algunas autoridades electorales no exigen los reportes en el tiempo debido o no tienen la capacidad de ejercer vigilancia en todas las regiones del país.

Considerando que no ha sido posible tener un pleno conocimiento del origen de los recursos que ingresa a las campañas electorales, es necesario identificar algunas situaciones que pueden generar una señal de alerta desde el SAGRILAFT durante alguna relación comercial relacionada a este tipo de actividades con la empresa, por ejemplo: personas naturales o jurídicas que no estén plenamente identificadas; un alto manejo de operaciones en efectivo sin justificación aparente; celebrar operaciones, negocios o contratos sin dejar constancia documental de los mismos y el gran aumento de facturación o ventas en efectivo procedentes de personas no identificables. 

Estas señales de alerta pueden generar indicios sobre otro tipo de actividades ilícitas como lo es la compra de votos o la corrupción al sufragante, todo con el fin de obtener una ventaja electoral sobre sus competidores por medio de la entrega de prebendas como dinero, mercados, comidas, cemento o servicios, condicionado al apoyo por parte de un grupo de votantes a un candidato en específico. En Colombia las organizaciones ilegales enfocadas en la corrupción al sufragante cuentan con una distribución de labores dependiendo de la logística necesaria para esta actividad. La distribución de tareas parte desde las áreas encargadas en la organización de los bienes o recursos que se entregarán y las áreas o coordinadores encargados de la búsqueda de las personas que reciben estos beneficios a cambio de los votos.

Es importante prestar especial atención a los bienes o servicios que más se distribuyen o se aprovechan para cometer este delito, como son: los bienes de primera necesidad, alimentos o mercados, materiales de construcción o artículos de vestir o ropa que incluyan imágenes en apoyo a una campaña en específico.

Por lo anterior, para aquellas actividades o negocios que se desarrollen con las contrapartes como clientes o proveedores, se deben realizar los procedimientos de Debida Diligencia respectivos con el fin de tener el pleno conocimiento del negocio que se realiza y el origen de los recursos para la contratación de un producto o servicio, así como poder contar con la identificación y la verificación de antecedentes de esas mismas contrapartes. Así, se podrán identificar situaciones sospechosas que requieran algún tipo de reporte ante las autoridades competentes y mantener la seguridad de la empresa en la prevención al lavado de activos o financiamiento del terrorismo. 

 

SEBASTIAN FELIPE MEDINA GOMEZ
Abogado – Oficial de Cumplimiento SAGRILAFT y PTEE
GONZÁLEZ ABOGADOS

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